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Publicación del Boletín Oficial del Estado del 5 de mayo de 2010, Nº 109, Sección I, Página 39790

Artículo 4. Tipos de infraestructuras e instalaciones en los que se articula el Registro de empresas instaladoras de telecomunicación y medios técnicos exigibles a las empresas instaladoras de telecomunicación.

  1. El Registro de empresas instaladoras de telecomunicación se ordena por razón de los distintos tipos de instalaciones a que dedican su actividad las empresas instaladoras. Para cada tipo se exigirá que la empresa instaladora disponga de los correspondientes medios técnicos, bien como propietaria bien como titular de un contrato de arrendamiento efectivo.No se admitirá la copropiedad de dicho equipamiento. En el caso de los tipos de instalaciones contemplados en las categorías A, C y F sólo se admitirán como contratos de arrendamiento efectivo los de tipo operativo o financiero (renting o leasing).
  2. La inscripción en el Registro de empresas instaladoras de telecomunicación será única por cada persona física o jurídica que lo solicite, con independencia de la tipología de las instalaciones a que dedique su actividad.
  3. El Registro de empresas instaladoras de telecomunicación se estructura en los siguientes tipos:

 


Categoria A

Categoria A

Tipo A: Infraestructuras de telecomunicación en edificios o conjuntos de edificaciones no definidas en el tipo F.

Categoria B

Categoria B

Tipo B: Instalaciones de sistemas de telecomunicaciones.

Categoria C

Categoria C

Tipo C: Instalaciones de sistemas audiovisuales.

Categoria D

Categoria D

Tipo D: Instalaciones de centros emisores de radiocomunicaciones.

Categoria E

Categoria E

Tipo E: Instalaciones de telecomunicación en vehículos móviles.

Categoria F

Categoria F

Tipo F: Instalaciones de infraestructuras de telecomunicación de nueva generación y de redes de telecomunicaciones de control, gestión y seguridad en edificaciones o conjuntos de edificaciones.